El
Ministro de Agricultura, Luis Mayol, destacó el trabajo que se está realizando a través de la Comisión Nacional de Riego, para
que agricultoras y agricultores reciban con mayor rapidez los bonos destinados
a incorporar nuevas tecnologías y mejorar los sistemas de regadío.
Santiago,
7 de mayo de 2013.- Debido al interés existente
por optimizar el proceso de pago de las bonificaciones correspondientes a la
Ley 18.450 de Fomento al Riego y Drenaje, y agilizar la respuesta ante las
necesidades de sus usuarios, la Comisión Nacional de Riego (CNR) del Ministerio
de Agricultura iniciará a partir de mayo una nueva etapa que busca estandarizar
la entrega de los bonos sólo a través de transferencia electrónica.
El Ministro
de Agricultura, Luis Mayol, afirmó que
“de esta manera estamos acelerando cada vez más la entrega de nuevos recursos
para que cientos de pequeños y medianos regantes mejoren sus sistemas de
regadío”.
A su vez, el
Secretario Ejecutivo de la CNR, Felipe Martin, indicó que “el pago electrónico acortará
aún más el proceso de pago de los bonos que se entregan a través de la Ley
18.450, permitiendo que los beneficiarios cuenten cuanto antes con el dinero
que se requiere para la materialización de nuevas obras de infraestructura
hídrica”.
En ese
sentido, recordó que se han disminuido en alrededor de un 50% los tiempos desde
que un beneficiario termina la obra y se aprueba el pago, algo que debe ser una
buena noticia que incentive a los agricultores y agricultoras a postular a los
nuevos concursos que fomentan proyectos de optimización hídrica y que este año
contemplan fondos concursables por $ 41.000 millones.
En 2012 el
índice de satisfacción del proceso de pago de las bonificaciones alcanzó el
68%, lo que constituye un alza de 26 puntos porcentuales si se compara con
2011, cuando llegó a 42%.
Cabe señalar
que una vez que la DOH Regional dicte la “Recepción Técnica de obra”, el
proceso de pago requerirá de lo siguiente:
·
Enviar el certificado original
de bonificación al Área de Acreditación de Inversión de la Comisión Nacional de
Riego en Santiago.
·
Adjuntar Solicitud de captura
de antecedentes firmada por receptor del pago (beneficiario original o el
endosatario), donde se indique nombre del banco, Nº de cuenta.
.
·
Previo a dictarse la Orden de
Pago los beneficiarios originales de las bonificaciones que sean Persona
Jurídica, deberán estar inscritos en el Registro Central de Colaboradores del
Estado de transferencias de fondos públicos del Ministerio de Hacienda, como
condición para emitir la orden de pago, www.registros19862.cl. Las personas
naturales se eximen de este requisito.
·
En el caso de Personas
Jurídicas, la Tesorería General de la República hará efectiva la transferencia
de fondos al receptor del pago de la bonificación, cuando la inscripción en el
Registro de Personas Jurídicas de la Tesorería General de la República se
encuentre con vigencia. Página web: www.tesoreria.cl, opción registro persona
jurídica de “Devoluciones y Beneficios”.
Las personas naturales se eximen de este requisito.
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