Las 158 fiscalizaciones realizadas a buses del transporte interurbano de pasajeros en víspera del reciente Fin de Semana Santo significaron la aplicación de multas por un total de 5.070 UTM y 26 IMM, equivalentes a $205.351.900.
Esto supuso un aumento del 89,9% respecto del monto multado durante la misma fiscalización efectuada en 2011. Esa vez, las fiscalizaciones culminaron con la aplicación de multas por 2.854 UTM, equiparables a $108.080.980, al valor de esa unidad en abril del año pasado.
Este incremento en las infracciones respalda la decisión de la Dirección del Trabajo (DT) de elevar el control sobre el comportamiento laboral y de seguridad de las empresas del sector. Uno de los aspectos prioritarios para la DT es el cumplimiento de las jornadas de trabajo de choferes y auxiliares, pues ello incide directamente en la seguridad de los viajes.
Tal como el año pasado, esta vez también predominó la infracción de no llevar correctamente el registro de asistencia, acaparando el 44,5% de las faltas. Se trata de una infracción gravísima porque ello dificulta la fiscalización de las jornadas de manejo y reposo.
Esta realidad ha llevado a la DT a ampliar sus modalidades inspectivas. A las tradicionales e ininterrumpidas fiscalizaciones por denuncia, sumó pocos años atrás los controles programados, especialmente los fines de semana largos y, desde este año, las inspecciones on line. Esto es, el ingreso directo a las bases de datos de las empresas para verificar si están cumpliendo o no con la normativa de respeto a los descansos de conductores y auxiliares.
Así, con las tres fórmulas ya descritas, en lo que va del año 2012 la Dirección del Trabajo ha efectuado 521 fiscalizaciones a los buses interurbanos y cursado multas por $559.706.830.
INFRACCIONES EN SEMANA SANTA
Durante la fiscalización del jueves 5 de abril pasado, encabezada en Santiago por la directora de la DT, María Cecilia Sánchez, fueron suspendidos 16 choferes y 8 auxiliares que habían vulnerado sus jornadas de trabajo, y se cursaron 104 sanciones, por un monto de 5.070 UTM, de acuerdo al siguiente detalle:
1. Manejar más de cinco horas continuas: 850 UTM (19 sanciones).
2. No otorgar descanso mínimo ininterrumpido de 8 horas dentro de cada 24 horas: 170 UTM (4 sanciones).
3. No otorgar al arribar a un terminal un descanso mínimo de 8 horas, después de haber cumplido en ruta una jornada de 8 o más horas: 130 UTM (3 sanciones).
4. No llevar registro de asistencia y determinación de las horas de trabajo, de acuerdo a lo establecido en Resolución Nº 1081 del 22-09-2005 de la DT: 850 UTM (18 sanciones).
5. No llevar correctamente el registro de asistencia y de horas trabajadas según lo autorizado por Resolución Nº 1081 del 22-09-2005 de la DT: 2.260 UTM (42 sanciones).
6. No otorgar descanso semanal compensatorio: 250 UTM (6 sanciones).
7. No cumplimiento de la resolución que autorizó un sistema excepcional de distribución de jornadas de trabajo y descanso: 560 UTM (12 sanciones).
8. Además, se cursó una sanción por levantar sin autorización la medida de suspensión de labores: 26 IMM (1 sanción).
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