miércoles, 7 de marzo de 2018

SEREMI DE SALUD CONTINÚA FISCALIZACIÓN A ÚTILES ESCOLARES

Con el objetivo de custodiar la salud de la población escolar, a través de la vigilancia al cumplimiento de la normativa vigente y promover la adquisición de artículos escolares seguros, la Delegación Ñuble SEREMI de Salud desarrolla en forma permanente un proceso de inspección a dichos materiales. De esta forma, fiscalizadores de la Unidad de Gestión Ambiental (UGAM) concurrieron hasta una céntrica librería de Chillán, para inspeccionar los artículos a la venta, proyectando para este año una veintena de fiscalizaciones similares. En 2017, se realizaron en Ñuble 17 inspecciones, sin sumarios.
Marta Bravo, delegada (s) de la autoridad sanitaria local, explicó que las inspecciones buscan verificar aspectos relativos al uso infantil de pintura (DS 374); al Reglamento de Almacenamiento de Sustancias que regula a los productos de uso escolar y escritorio que contengan en su composición solventes orgánicos peligrosos (DS 43); Reglamento sobre Producción, Distribución y Uso de Solventes Orgánicos nocivos para la salud (DS 144), y el DS 754, que prohíbe el uso de tolueno en adhesivos y pegamentos.
“El llamado a los padres es revisar los productos de las lista de útiles y sus etiquetados, los cuales deben estar en español y con letra legible. Los títulos deberán ser impresos en color negro con fondo blanco, dispuestos en forma horizontal. Mientras que en los envases debe estar claro cuál es el uso del producto e indicaciones de seguridad como medidas de primero auxilios en caso de inhalación, el contacto con la piel, ojos e ingesta, además de la información toxicológica y las precauciones para su manipulación”, agregó Rodrigo Jiménez, fiscalizador de UGAM. Los artículos fiscalizados son las siliconas líquidas, barras adhesivas y otros tipos de pegamentos, entre otros.
En materia de plomo, la fiscalización ha estado centrada en asegurar que las pinturas tales como temperas, acuarelas y productos similares no contengan una concentración de plomo superior a 0,06% en peso, expresado como plomo metálico, determinado en base seca o contenido total no volátil; y en materia de tolueno, los procesos de control radican en asegurar la producción, importación, distribución y venta de adhesivos y pegamentos de uso doméstico e industrial que contengan el elemento, debido a que este solvente orgánico es tóxico y sus efectos actúan sobre el sistema nervioso central, con efectos neurológicos irreversibles.
Toxicidad
El plomo y sus compuestos son reconocidamente tóxicos y algunas de sus formas químicas están consideradas como agentes posiblemente cancerígeno para el hombre. La exposición al plomo a temprana edad determina cambios irreversibles que causan diversas alteraciones durante la edad adulta, sin que se produzcan necesariamente efectos agudos previos, debido al comportamiento acumulativo del plomo.
El tolueno es un solvente orgánico reconocidamente tóxico, cuyos efectos se producen principalmente sobre el Sistema Nervioso Central causando secuelas neurológicas irreversibles y muerte. Su inhalación es una causa importante de encefalopatía especialmente en niños y puede llevar a daños neurológicos permanentes. El uso inadecuado debido a la inhalación intencional de adhesivos y pegamentos que contienen tolueno, representa un serio problema de salud pública, principalmente por sus efectos psicotrópicos y adictivos. La intoxicación aguda, producida por inhalación intencional, puede causar muerte por cardiopatía.
“Además, se controla que los productos que tuvieran solventes orgánicos llevaran impreso o etiquetado la leyenda “Úsese en ambientes ventilados” y “La inhalación frecuente y prolongada de este productos genera daños irreparables a la salud”; además de prohibir la venta de adhesivos y pegamentos que contengan solventes a menores de edad”, explicó el jefe del Departamento de Acción Sanitaria de la SEREMI de Salud Biobío, Ernesto Bravo.
Respecto al Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas, se controla que los adhesivos que contengan alguna sustancia peligrosa, como metanol o etanol, deben etiquetar sus productos. Para envases menores a 250 ml deben incluir pictograma y clase o división de peligro correspondiente a la sustancia que le otorga la característica de peligrosidad; mientras para envases mayores a 250 ml, deben incluir etiqueta que señale nombre químico, identificar cada una de las sustancias que aporten peligrosidad a un producto o mezcla peligrosa, identificador del proveedor, antecedentes del fabricante, medidas de primeros auxilios relativas a la ingestión, inhalación, contacto con la piel u ojos; información toxicológica sobre efectos agudos y crónicos asociados a la ingestión; precauciones para la manipulación y almacenamiento seguro; teléfono e identificación de centros de información toxicológica específica.

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